Asesor Inmobiliario - Valor de Mercado , Diferencia entre este y el precio final y Gastos por impuestos.
- Entrar en la red-Club de inversiones inmobiliarias
1.- ¿Cual es el valor justo de mercado y cómo determinarlo?
El valor de mercado de un inmueble es el precio más alto que un comprador informado pagaría una vez asuma que no existen presiones extrañas para realizar la compra. Normalmente, no suele ser el precio pedido. Para obtener un estimación del justo valor de mercado, llame a un especialista y pídale que realice de su inmueble un Análisis de Competitividad en el Mercado.
El análisis le dará una cifra basada en las variables más destacadas del mercado inmobiliario local. El estudio debería contener información sobre ventas recientes de inmuebles similares, incluyendo las cantidades por las que fueron vendidas, así como el tiempo que se tardó en venderlas.
2.- ¿Cual es la diferencia entre el valor de mercado y el precio que pido?
En general, el precio pedido por el propietario cuando pone en el mercado su inmueble se fija ligeramente más alto que su justo valor de mercado. Se debe asumir que será necesario un margen de negociación para alcanzar un acuerdo con el comprador.
3.- ¿Como calcular los gastos por impuestos sobre la propiedad?
En España, las propiedades inmobiliarias están gravadas fiscalmente por dos tipos de tributos, loos estatales y los locales. A grandes rasgos, señalamos las principales leyes que gravan las transmisiones y tenencia de vivienda:
Son estatales, aunque algunos han sido cedidos a las Comunidades Autónomas:
IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que anualmente grava como parte de la base imponible un porcentaje del importe del valor de adquisición y de las plusvalías obtenidas cuando se producen en las transmisiones.
IP: Impuesto sobre el Patrimonio, que grava anualmente su valor por encima de una determinada cantidad exenta.
IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido, que grava la transferencia de viviendas nuevas, principalmente.
ITAJD: Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, que grava las transferencias de las viviendas usadas.
Son Locales:
IBI: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que grava anualmente la tenencia de viviendas.
IVBNU: Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana, que grava este incremento entre precio de compra y venta cuando se transmite el bien.
Asesor Inmobiliario - Preguntas y Respuestas a Definición de Registro, Ley de suelo y Predios.
- Entrar en la red-Club de inversiones inmobiliarias
1.- ¿Qué es exáctamente el Registro de la Propiedad?
Es el organismo público dependiente de la Dirección General de los Registros y del Notariado, a través del cual se pueden saber la situación registral de un inmueble, local o solar, aportando datos como quiénes son los titulares de la prpiedad, cargas, servidumbres, hipotecas, derechos hereditarios, condiciones resolutorias, y demás condiciones que afecten a la situación del mismo.
2.- ¿Qué son el predio dominante y el predio sirviente?
El dominante hace referencia la inmueble a cuyo favor esté constituida la situación de servidumbre, mientras que el sirviente está afectado a ser utilizado por el predio dominante para ciertas finalidades, como un acceso a la finca, por ejemplo.
3.- Definición de Ley del Suelo
Es la ley que regula los derechos y obligaciones de los propietarios de terrenos en España. Es la piedra angular del Derecho urbanístico, en tanto que regula el derecho a edificar y el valor del suelo. La primera ley del suelo española fue promulgada en 1956 y la más reciente data de 2007.











